El Consejo Consultivo de la Comisión estará integrado por seis Consejeros, quienes serán electos por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes del Congreso del Estado, previo procedimiento de consulta pública, que deberá ser transparente, en los términos y condiciones que determine la Ley sobre la Organización y Funcionamiento Internos del Congreso del Estado. Por cada Consejero propietario habrá un suplente.
El Consejo será presidido por el Presidente de la Comisión y contará con una Secretaría cuya función será desempeñada por el Secretario Técnico de la propia Comisión.
El Consejo de la CODHET tendrá las siguientes facultades:
– Establecer los lineamientos generales de la actuación de la Comisión.
– Aprobar el Reglamento Interno de la Comisión.
– Conocer el informe anual que el Presidente de la Comisión debe presentar al Titular del Poder Ejecutivo y al Congreso del Estado.
– Solicitar al Presidente de la Comisión información adicional sobre los asuntos que se encuentran en trámite o haya resuelto.
– Conocer el anteproyecto de presupuesto de la Comisión.
– Conocer el informe del Presidente de la Comisión sobre el ejercicio presupuestal.