logo 2024 con lazo rosa

Atribuciones

Atribuciones

De conformidad con lo señalado en los artículos 102 aparatado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 58 y 126 de la Constitución del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, así como 2, 3, 4 y 8 de la Ley que nos rige, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Tamaulipas es un organismo público autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto esencial la protección, observancia, promoción, estudio y difusión de los derechos humanos previstos por el orden jurídico mexicano y bajo los principios de principios de buena fe, accesibilidad, inmediatez, conciliación, concentración, rapidez, discrecionalidad, publicidad y carácter no vinculatorio de sus resoluciones. Dentro de sus principales atribuciones, se encuentran las siguientes:

atribuciones

1. Procurar la defensa de los derechos humanos por parte de todas las autoridades y servidores públicos que actúen en el ámbito del estado, bajo los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

2. Promover y fomentar el respeto de los derechos humanos en la Entidad.

3. Recibir quejas y denuncias sobre presuntas violaciones de los derechos humanos.

4. Conocer e investigar, a petición de parte o de oficio, presuntas violaciones de derechos humanos.

5. Formular recomendaciones públicas autónomas, no vinculatorias ante las autoridades respectivas.

6. Procurar la solución inmediata de una queja a través de conciliación cuando la naturaleza del caso lo permita.

7. Promover el estudio, la enseñanza y la difusión de los derechos humanos en el ámbito del Estado.

8. Proporcionar a los órganos competentes la expedición y reformas de normas jurídicas que permitan una protección eficaz de los derechos humanos.

9. Elaborar y ejecutar programas preventivos en materia de derechos humanos.

10. Celebrar convenios con autoridades y organismos públicos y privados para lograr una eficaz protección de los derechos humanos.

11. Realizar todas las acciones que sean necesarias para fomentar la cultura y el respeto de los derechos humanos.

12. Solicitar al Congreso del Estado que llame a comparecer a los servidores públicos que se nieguen a responder las recomendaciones emitidas por ella, con objeto de que expliquen el motivo de su negativa.

13. Ejercitar acciones de Inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Ir al contenido